Características del seguro de vida

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Consensual

Significa que los derechos y las obligaciones del tomador del seguro y los del asegurador surgen de acuerdo con voluntades, es decir, a partir del momento en el que las partes expresan consentimiento y aceptan tanto los derechos como obligaciones del servicio prestado y/o adquirido.

Ejemplo: Cuando estamos ubicando un lugar para vivir, recurrimos al arrendamiento como una forma de acceder a esta necesidad o servicio. Es así como el arrendador y el arrendatario, acuerdan de manera escrita u oral, unas condiciones, valor y responsabilidades que benefician a las dos partes por mutuo acuerdo. Esto quiere decir, que las dos partes se comprometen a cumplir lo pactado, constituyéndose como un contrato de carácter consensual.

Bilateral

Consiste en el contrato que se suscribe entre dos partes contratantes con sus obligaciones respectivas:
● El tomador del seguro: persona natural o jurídica, que traslada un riesgo mediante el pago de la prima a la compañía de seguros.
● La compañía de seguros: persona jurídica, quien recibe el pago de la prima y a cambio asume el riesgo.

Ejemplo: Al adquirir un servicio en una empresa promotora de salud (EPS), nos comprometemos a pagar mensualidades por un valor acordado en los tiempos establecidos. A su vez, la EPS se compromete a brindar sus servicios de atención médica en las situaciones que se encuentre dentro de las condiciones acordadas. Entonces, estamos hablando de un contrato de carácter bilateral en donde existen dos partes involucradas.

Aleatorio

Se considera de esta manera porque no hay la certeza del momento en que el riesgo asegurado sucederá; dicho de otra manera, la ocurrencia del evento por el que se toma el seguro depende de un hecho futuro, incierto e independiente de la voluntad del asegurado.

Ejemplo: Andrés solicita un seguro de vida para él y su núcleo familiar, ya que considera que debe prever cualquier eventualidad. Pues nunca se tiene certeza en qué momento se pueda presentar un incidente que afecte la vida de los miembros de su familia.

Oneroso

El contrato del seguro de vida es oneroso porque grava, es decir, impone una obligación a cada una de las partes (compañía de seguros y tomador del seguro), en beneficio de la otra. De igual forma, las dos partes asumen la consiguiente pérdida o utilidad. El tomador debe pagar al asegurado la prima o costo de seguro por la protección, y la compañía de seguros debe pagar la indemnización al beneficiario cuando ocurra el evento por el cual se aseguró.

Ejemplo: Al adquirir una tarjeta de crédito el banco está obligado a beneficiar al usuario con el préstamo del dinero que requiera, y el usuario al aceptar el beneficio y a pagar el dinero solicitado bajo las condiciones acordadas. En otras palabras, las dos partes ante una obligación obtienen un beneficio, dándole un carácter oneroso al contrato.

Ejecución sucesiva

Se refiere a que el contrato no se cumple, ni se ejecuta en un solo momento; más bien se ejecuta a medida que va transcurriendo el tiempo. Generalmente los seguros se pactan por anualidades.

Ejemplo: Adriana adquirió un seguro por un año y está tranquila que, durante este tiempo, ella y su familia, estarán protegidos en caso de una calamidad.