El responsable de asumir el pago de indemnizaciones por responsabilidad civil, como norma
general, será:
El empleador frente a sus trabajadores directos y contratistas, personas naturales que
colaboren en su operación.
El contratista frente a las reclamaciones de sus propios trabajadores. En caso de que
el
contratista no responda y ejecute una actividad relacionada con el objeto social del
contratante, este podría ser llamado a responder solidariamente.
La empresa de servicios temporales, frente a reclamaciones del trabajador en misión. En
estos casos, la empresa usuaria podría ser llamada a responder por la reclamación del
trabajador en misión, si la empresa usuaria incumplió las reglas de contratación de
empresas servicios temporales (Superó la duración máxima permitida o contrató a la
empresa
de servicios temporales para realizar actividades diferentes a incrementos de
producción,
reemplazo de incapacidades o de vacaciones)