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Compañía de seguros
Es la persona jurídica que asume el riesgo debidamente autorizada conforme a leyes y los reglamentos. Tiene la obligación de entregar la póliza al cliente y de indemnizar, si aplica. En caso de considerar el no pago, deberá presentar al cliente una objeción seria y fundamentada.
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Tomador o tomadores del seguro de vida
Es la persona que, actuando por cuenta propia o ajena, traslada los riesgos a una compañía de seguros. Es la que celebra el contrato con el asegurador con el fin de protegerse a sí mismo, en caso de que sea el mismo asegurado; o con el fin de proteger a otros, cuando sea distinto al asegurado. El tomador está obligado a hacer una declaración verídica de su estado de salud, edad, ocupación y de todo hecho o circunstancias que determinan el estado del riesgo.
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Asegurado
1. Es la persona cuya vida contrata el tomador del seguro. Vale la pena aclarar que en los seguros de vida individuales el tomador suele ser el mismo asegurado, por ello las obligaciones del tomador se aplican de igual manera al asegurado. Este rol será la persona cuya desaparición prematura puede ocasionar el desequilibrio económico de su grupo familiar. En el caso de la mera ausencia y desaparición de la persona cuya vida se asegura no da derecho a la indemnización; sólo podrá reclamarse si mediante la sentencia de un juez se declara la muerte presunta por desaparición.
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Asegurado
2. Una vez esté ejecutada dicha declaración, se sienta el registro civil de defunción, que es el documento que prueba la ocurrencia del siniestro y, por tanto, el documento con el cual se puede dar inicio al proceso de reclamación y posterior indemnización. Es importante tener en cuenta que la compañía establece la condición de restituir el valor indemnizado en caso de aparición del ausente.
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Beneficiario
Es la persona o personas designadas en el seguro de vida para recibir el valor de la indemnización si llega a ocurrir el siniestro o la muerte del asegurado, para el amparo de vida. Para los otros amparos es el mismo asegurado. Este rol puede cambiar los beneficiarios de forma libre y en cualquier momento durante la vigencia de la póliza.